El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, cuya sede se encuentra en Luxemburgo, ha resuelto que el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) más conocido como ‘Céntimo Sanitario’ vulnera la legislación comunitaria por diversos motivos.
Entre los argumentos utilizados en la resolución del Tribunal se concluye que la finalidad del Tributo no es específica y tan solo se ha creado como un mero instrumento de financiación de las comunidades autónomas en las que se ha estado aplicando.


